Comisión de Trabajo aprueba jubilación anticipada para desempleados a partir de los 50 años


La medidas se plantea para los afiliados al sistema privado de pensiones (AFP) no siendo necesario los 12 meses de tiempo como desempleado

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad la jubilación anticipada a los afiliados al sistema privado de pensiones, a partir de los 50 años de edad.

En base a los dictámenes de ley 7035-2020, 7065-2020 y 7219-2020 se modifica la ley 30939 que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), y se dispone que sea a partir de los 50 años de edad, tanto en hombre y mujeres.

A través de este dictamen se modifica los requisitos para acceder a la jubilación anticipada, siendo la edad mínima de 50 años, para hombres o mujeres.

Anteriormente la norma establecía que este beneficio de la edad mínima era de 50 años para las mujeres y de 55 años para los hombres.

De la misma forma, la norma -de ser aprobada- elimina el requisito para acceder a la jubilación anticipada que pedía que las personas debían encontrarse desempleado por 12 meses consecutivos o más, ahora el afiliado que se encuentre desempleado, solo deberá acreditar esta condición con su fecha de cese.

“Con ello, se busca aminorar el efecto de la crisis económica ,como efecto de la pandemia del COVID-19″, comentaron en la Comisión de Trabajo.


Retenciones

También se propone que cuando se retire el fondo de pensiones tenga el carácter de intangibilidad, exceptuándose las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

En el mismo sentido se propone una disposición complementaria final que la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS) determine el procedimiento para estas operaciones en un plazo no mayor de 30 días hábiles contado a partir de la vigencia de la norma propuesta.

De otro lado, se incorpora un disposición complementaria modificatoria, para el cambio del artículo 42 de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, DS 054-97-EF, en el actual texto se refiere a la jubilación de los 50 años como edad mínima para las mujeres y mayor a los 55 años en casos de hombres, ahora esto se equipara en ambos casos.

Comisión de Trabajo aprueba jubilación anticipada para desempleados a partir de los 50 años Comisión de Trabajo aprueba jubilación anticipada para desempleados a partir de los 50 años Reviewed by Diana Chuquiruna Lozada on marzo 16, 2021 Rating: 5

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