El Noveno Juzgado Constitucional de Lima rechazó una acción de amparo presentada por el ciudadano Luis Hidalgo Cruz para declarar la nulidad del último proceso electoral que dio como ganador a Pedro Castillo.
Cabe resaltar que la resolución declara improcedente impugnar las “votaciones libres y espontáneas de los ciudadanos expresadas en las urnas” en un proceso de amparo constitucional, alegándose la nulidad de pleno derecho, cuando esa es una facultad constitucional que corresponde al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Es importante mencionar que la demanda, que fue presentada contra el JNE y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), proponía que «se abstengan de tramitar procedimientos relativos a la elección de la fórmula presidencial, y en particular proclamar una plancha presidencial como ganadora».
A su vez, se pedía que el titular del Congreso, en funciones de jefe de Estado, actualice el Decreto Supremo N° 112-2020-PCM, señalando nueva fecha para la elección de la plancha presidencial.
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