
Aún falta mucho camino por recorrer. “Sólo el 30% de las cabinas de Internet de nuestra ciudad poseen bloqueadores de páginas pornográficas”, así lo precisó el gerente general de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), Luis Valdez Farías.
Esta situación se contrapone al Reglamento de la Ley que prohíbe el acceso de menores de edad a portales web de contenido pornográfico, publicado el 1 de diciembre en el Diario Oficial El Peruano.
Dicha norma obliga, categóricamente, a los propietarios o personas que administren locales públicos de Internet a regularizar su servicio con la instalación de navegadores gratuitos o de programas especiales de filtro, a fin de bloquear la visualización de las mencionadas páginas. Asimismo les otorga un plazo de 60 días para acatar el reglamento.
En ese sentido, el viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, acotó que los dueños de estos establecimientos deberán colocar en un lugar visible la advertencia correspondiente.
Díaz Chávez señaló que el objetivo de la Ley 28119, modificada por la Ley 29139, es prohibir el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico que atenten contra su integridad moral o afecten la intimidad personal y familiar de los niños y niñas.
Esta medida, según su primera disposición transitoria, establece que las municipalidades, en un plazo no mayor de 60 días contados a partir de la aprobación de su Reglamento, deben adecuar su Texto Único de Procedimientos Administrativos y normas internas a lo dispuesto en la presente Ley.
Sancionarán a locales de servicio a Internet que no cuenten con filtros Anti Porno
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diciembre 09, 2010
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