El citado trámite se realizó mediante una solicitud de acceso a la información pública, que puede realizar cualquier ciudadano, sin embargo, hasta el cierre de la presente nota –14 días después– la comuna trujillanana no ha respondido a nuestro pedido.
Funcionarios de la MPT indicaron que el expediente se encuentra en la Procuraduría Municipal, por lo que no era posible hasta el momento acceder a la documentación que se solicitó.
Norma de fuerza
Cabe precisar que la solicitud de información pública es parte de la Ley de Transparencia, que entró en vigencia en el 2003, y que regula el ejercicio de un derecho establecido en la Constitución Política del Perú, que en su artículo 2 inciso 5 plantea como un derecho fundamental de toda persona solicitar y recibir información de cualquier entidad pública, sin expresión de causa, dentro del plazo de ley, y con el costo que suponga el pedido.
Esta norma solo excluye aquella información que atañe a la intimidad personal, a la seguridad nacional, o si expresamente lo dispone una ley del Parlamento.
Al respecto el titular de la segunda Fiscalía de Prevención del Delito, Erick Rodríguez Musto, destacó que toda persona tiene derecho a recibir esta información.
“El acceso a la información pública es un derecho y existen procedimientos de ley, como es el Código Procesal, para solicitar jurídicamente la documentación correspondiente”, indicó el letrado en entrevista con La Industria.
Inmediatamente, señaló que un juez tendrá que evaluar la posible infracción en la cual incurre la MPT al no entregar la información requerida.
Redacción La Industria
MPT incumple plazo para brindar información pública
Reviewed by Valle Chicama
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mayo 23, 2012
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